Frama estudio

Proyectos de Integración Sociolaboral, Igualdad de Oportunidades e Investigación Social

Gestión del Certificado de excepcionalidad y medidas alternativas.

 

FRAMA asesora y gestiona todos los procesos de tramitación para que las Administraciones Públicas emitan el Certificado de Excepcionalidad.

¿Cuándo se puede solicitar el Certificado de Excepcionalidad?

Las empresas que cuentan con 50 empleados o más están obligadas a tener en su plantilla, como mínimo, un 2% de trabajadores con discapacidad, salvo excepciones (en cuyo caso habrá que solicitar el Certificado de Excepcionalidad y aplicación de medidas alternativas)

Aunque para nosotros la contratación directa de personas con discapacidad debe ser la opción prioritaria, en ocasiones para las empresas es complicado.

Por esta razón, la Ley nos permite cumplir con la Ley General de Discapacidad (LGD) (Real Decreto Legislativo 1/2013) a través de la obtención del Certificado de Excepcionalidad y mediante la aplicación de las medidas alternativas. 

 

El Certificado de Excepcionalidad se concede en los siguientes supuestos

N

Las empresas acreditan la existencia de razones organizativas, productivas, técnicas o económicas que dificultan seriamente la incorporación de personas con discapacidad a sus plantillas.

N

Los Servicios Públicos de Empleo no pueden atender las ofertas de empleo para trabajadores con discapacidad presentadas por la empresa o bien sean estos los que renuncien a esta oferta.

¿Qué órgano dicta la Resolución?

 

La competencia para dictar las resoluciones y efectuar el seguimiento corresponderá al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) o a los servicios públicos de empleo autonómicos en razón al territorio en que esté ubicada la empresa.

FRAMA establece diferentes modalidades de gestión del Certificado de Excepcionalidad: 

Tramitación

Mantenimiento

Tramitación y mantenimiento

Normativa Reguladora

Real Decreto 364/2005, de 14 de enero, por el que se establecen medidas alternativas de carácter excepcional al cumplimiento de la cuota de reserva del 2% a favor de trabajadores discapacitados en empresa de 50 o más trabajadores.